La entrega de la vivienda para saldar la hipoteca contraída con el banco se limitará en Euskadi a los pisos de menos de 150.000 euros. El Real Decreto que recoge el código de buenas prácticas, aprobado ayer por el Gobierno central, fija unos máximo de valor de los pisos para beneficiarse de la dación en pago en función del número de habitantes de cada ciudad o municipio, por lo que en el País Vasco esta medida destinada a poner freno a la ola de desahucios provocada por la crisis económica tendrá un impacto menor. Además, la normativa restringe la posibilidad de entregar la vivienda para saldar la deuda con el banco a las familias en las que todos su miembros se encuentren en el paro.
En concreto, la dación en pago, a la que se pueden acoger de forma voluntaria los bancos, se permitirá a las familias sin empleo con viviendas por valor de hasta 200.000 euros en ciudades de más de un millón de habitantes, de hasta 180.000 en núcleos de población de más de medio millón de residentes. El umbral se fija en un valor máximo de 150.000 euros en poblaciones con más de 100.000 habitantes y de hasta 120.000 en municipios con menor población. Ninguna ciudad del País Vasco supera ese listón del millón y muy pocas también superan los 100.000. Las últimas estadísticas señalan, además, que la media de valor de los pisos en la comunidad vasca ronda los 300.000 euros.
Desde que empezó la crisis económica, en España se han producido más de 300.000 ejecuciones hipotecarias, evocó la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría. Comentó que abundan las familias que no solo se han visto sin vivienda en la que cobijarse, sino que arrastran una abultada deuda como consecuencia de la pérdida de valor del inmueble a cuya adquisición se comprometieron un día con todos sus haberes, presentes y futuros.
Estas son las claves del real decreto:
- ¿Quién forma parte del colectivo protegido?
- Se consideran bajo el umbral de exclusión las familias hipotecadas por la compra de una única vivienda en la que habitan, en las que todos los miembros carecen de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas. Tampoco podrán tener otros bienes patrimoniales con los que hacer frente a su deuda.
- ¿Cuál es el procedimiento a seguir?
- Antes de que se inicie el procedimiento de ejecución de la propiedad, los hipotecados podrán pedir a su banco, si éste ha suscrito el código de buenas prácticas, una carencia de 4 años en la que solo pagarán intereses. También tendrán opción a ampliar el plazo hasta 40 años y a pedir una rebaja del interés aplicado hasta el euribor a un año más 0,25 puntos.
- ¿Qué hacer si la refinanciación no basta?
- Cuando una familia que no dispone de rentas tiene que destinar al pago de la hipoteca más del 60% de los ingresos podrá pedir una quita de la deuda pendiente. Esta solicitud se podrá realizar incluso si el banco ha iniciado el procedimiento de ejecución, pero antes del anuncio de la subasta. Si ni siquiera la quita saca a la familia de tan graves apuros, podrá ofrecer su vivienda para cancelar la deuda sin arrastrar más débitos, lo que equivale a una dación en pago.
- ¿Cómo evitar que las familias se queden en la calle?
- Tras la dación en pago, los integrantes del hogar podrán permanecer en la vivienda durante dos años pagando un alquiler equivalente al 3% de la cantidad adeudada que aún quede pendiente.
- ¿Cómo averiguar si un banco ha adoptado el código de buenas prácticas?
- Las entidades comunicarán su solicitud a la secretaría general del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía. Quien se inscriba en el listado, estará obligado a cumplir los compromisos asumidos, tanto a las hipotecas nuevas como a las ya vigentes, durante el plazo de dos años. Una comisión de control vigilará el cumplimiento.
La oposición criticó ayer la nueva normativa. El PSOE considera que las medidas son muy «restrictivas» y no evitarán los deshaucios. Para CiU la propuesta es «insuficiente» y queda en manos de la «voluntad» de los bancos. Desde el PP opinaron que «el cien por cien» de la banca «se sumará» a este código en un breve plazo.